
Sillas de ruedas en el aeropuerto de Munich (Foto: ISO 1987/Creative Commons)
Ahora son los aeropuertos europeos los que deben brindar asistencia a las personas discapacitadas o con movilidad reducida, debido a la entrada en vigor de la nueva normativa europea sobre sus derechos.
La asistencia a personas discapacitadas o con movilidad reducida consiste en:
- En el aeropuerto de partida: recogida en el punto de encuentro y ayuda con el equipaje de mano, y acompañamiento al mostrador de facturación, asistencia en los trámites de facturación, acompañamiento a la zona de embarque, controles de seguridad, aduanas, etc.; embarque y desplazamiento hasta el asiento designado.
- En el aeropuerto de llegada: ayuda con el equipaje de mano, desplazamiento desde el asiento y desembarque; desplazamiento hacia la sala de equipajes, pasando los controles necesarios, y desde allí hasta un punto de encuentro en el aeropuerto de destino (si éste se encuentra en un Estado miembro de la Unión Europea).
- Tránsitos y conexiones: se prestará la asistencia necesaria para realizar con éxito el tránsito o la conexión, incluyendo, si procede, maniobras de embarque, desembarque, traslados por la terminal, etc.
Estos servicios deben ser solicitados en el momento de efectuar la reserva, que se aconseja se realice con una semana de antelación y como mínimo 48 horas antes del viaje. Adicionalmente, y sólo para aeropuertos españoles, podrás también solicitar la asistencia a Aena, al teléfono 902 404 704 y a través de su web, donde también encontrarás más información.
















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